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Criptomonedas y Hacienda: la guía que necesitas para no meter la pata en 2026

📅 Actualizado 2026 · ⏱️ 6 min de lectura · 💰 Fiscalidad

Casi 7 de cada 10 españoles con criptomonedas reconocen que no tienen claro cómo tributar correctamente ante Hacienda. Y no es de extrañar: entre el modelo 100, el modelo 721 y las dudas sobre el staking, es fácil perderse. Así que vamos a aclararlo de una vez, sin tecnicismos innecesarios.

🧾 Lo primero: ¿hay que declarar aunque no haya vendido nada?

Depende. El simple hecho de tener criptomonedas paradas en tu wallet no genera ninguna obligación fiscal por sí solo. El problema aparece en cuanto haces algo con ellas: vender, intercambiar una cripto por otra, gastarlas en una compra o recibir staking. Ahí sí, Hacienda quiere su parte.

Un error muy habitual: pensar que cambiar Bitcoin por Ethereum "no cuenta" porque no ha pasado por euros. Falso. Cualquier swap entre criptomonedas es una operación con trascendencia fiscal, exactamente igual que si hubieras vendido y vuelto a comprar.

💶 ¿Cuánto se paga?

Las ganancias por criptomonedas se declaran en el Modelo 100 (la Renta de toda la vida), dentro de la base imponible del ahorro. Los tramos actuales son:

Ganancia Tipo aplicable
Hasta 6.000 € 19%
6.000 € – 50.000 € 21%
50.000 € – 200.000 € 23%
200.000 € – 300.000 € 27%
Más de 300.000 € 30%

Importante: a diferencia de lo que mucha gente cree, no existe un mínimo exento para las criptomonedas. El famoso umbral de 1.000 € que circula por foros no es una franquicia sobre las ganancias cripto, sino el límite general de renta a partir del cual estás obligado a presentar la declaración. Si superas esa cifra sumando todos tus ingresos, cualquier ganancia cripto —por pequeña que sea— debe incluirse.

🧮 El método FIFO: cómo se calcula la ganancia

Hacienda exige el método FIFO ("first in, first out") para calcular cuánto has ganado o perdido en cada venta. En la práctica: se entiende que las primeras monedas que compraste son las primeras que vendes. Esto obliga a llevar un registro ordenado de cada compra, con fecha y precio, porque el cálculo se hace operación por operación, no de forma global.

Si usas varios exchanges o has movido monedas entre wallets a lo largo de los años, este es el punto donde más gente se atasca. Herramientas de seguimiento fiscal cripto pueden ahorrarte muchas horas aquí.

🌍 El Modelo 721: cripto en el extranjero

Si tienes criptomonedas guardadas en exchanges domiciliados fuera de España —Binance, Kraken, Coinbase, etc.— y el valor conjunto supera los 50.000 € a 31 de diciembre, tienes que presentar el Modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente. Es el equivalente cripto del histórico modelo 720 para cuentas y activos en el extranjero.

Una vez presentado por primera vez, solo tendrás que volver a hacerlo en años sucesivos si el saldo ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si dejas de cumplir los requisitos y luego vuelves a superarlos.

📉 ¿Y si he perdido dinero?

Las pérdidas patrimoniales por criptomonedas se pueden compensar con ganancias de la misma naturaleza durante los 4 ejercicios siguientes. Muchos inversores se olvidan de declarar sus pérdidas de años anteriores simplemente porque no han "ganado nada" ese año, y así se dejan dinero encima de la mesa en forma de menor factura fiscal futura.

⚠️ Los errores más comunes (y más caros)

  • No declarar los swaps entre criptomonedas pensando que "no cuentan".
  • Declarar el importe neto después de comisiones del exchange en lugar del bruto de la operación.
  • No compensar pérdidas de ejercicios anteriores.
  • Confundir el modelo 720 (inmuebles y activos financieros clásicos en el extranjero) con el 721 (específico de cripto).
  • No declarar las recompensas de staking porque "no las he pasado a euros".
  • No conservar el histórico completo de transacciones del exchange, algo imprescindible si Hacienda pide justificación.

🔍 Por qué Hacienda lo tiene cada vez más fácil

Desde 2026 entra en vigor la directiva europea DAC8, que obliga a los exchanges a compartir automáticamente los datos de sus usuarios entre las administraciones tributarias de la UE. En paralelo, el marco CARF de la OCDE extiende esa obligación de reporte incluso a plataformas fuera de Europa. En la práctica, esto significa que Hacienda cada vez tiene más visibilidad directa sobre tus movimientos, exchange declare o no declare el usuario por su cuenta.

✅ En resumen

  • Vender, canjear o gastar cripto genera ganancia o pérdida patrimonial: se declara en el Modelo 100.
  • No hay mínimo exento específico para cripto.
  • El cálculo se hace con método FIFO, operación por operación.
  • Más de 50.000 € en exchanges extranjeros → Modelo 721 (enero-marzo).
  • Las pérdidas se compensan hasta 4 años después.

⚠️ Aviso: este post tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal. Cada caso tiene sus particularidades, así que ante dudas o volúmenes importantes, consulta siempre con una gestoría o asesor especializado en criptoactivos.

¿Tienes cripto y todavía no sabes por dónde empezar con tu declaración? Cuéntamelo en los comentarios y le dedico un post con ejemplos prácticos paso a paso.

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